Principios de Ética
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ACUERDO No 1
- Si el “P-I-PH” interviene en negocios en los que se vendan armas, drogas ilegales, tabaco, bebidas alcohólicas, material pornográfico, órganos humanos, así como niños y/o adultos de ambos sexos, perderá su título inmediatamente.
- Mantendrá la legalidad, dignidad y moralidad intactas de sí mismo y de sus pacientes. Mantendrá el anonimato de sus pacientes en sus relaciones con amigos, familiares, profesionales y público en general.
- No escribirá informes, diagnósticos ni tratamientos a personas que no haya visto como profesional.
- Puede hacer publicidad para su actividad profesional, pero no debe utilizar la inducción publicitaria para su elogio propio.
- No debe diagnosticar ni tratar a pacientes cuya problemática esté fuera del ámbito de su competencia profesional. En esos casos deberá referir los pacientes al psicólogo o al psiquiatra.
- Proporcionará solamente los servicios profesionales necesarios.
- Alertará con firmeza sobre la creciente charlatanería “psicológica” y la falta de profesionalismo en todos sus aspectos y todo intento de explotar la creciente credulidad y buena fe del público. No realizará “psicoterapias” que utilizan un lenguaje hipnótico o egocéntrico y que sacan al paciente del ahora para arrastrarlo al pasado. En otras palabras, en sus servicios no habrá lugar al entretenimiento y la tortura en ninguna forma.
- Tratará de impartir clases, conferencias, talleres, maestrías, doctorados, y confeccionará artículos y programas radiales o televisivos para educar al público en general en el tema de la Percepción Unitaria. Recordará que el objetivo último de la educación es el desarrollo y la paz completos del individuo y de la sociedad.
- Advertirá a sus pacientes de la suspensión (aunque sólo sea temporal) de los servicios. Si la suspensión es final deberá referir el paciente, en lo posible a otro “P-I-PH” de la IAS-RSM-México, de manera que el paciente no pierda su vida con “psicoterapias” que son producto del pensamiento.
- Advertirá a todo paciente que el anonimato se romperá si la vida de alguien está en peligro. En el caso de menores de edad advertirles en qué casos se hablará con los padres o guardianes legales.
- Respetará a las demás personas, comenzando por ser siempre puntual y coherente.
- Jamás repetirá información que humille, invalide o satanice a ningún ser humano.
- Si el “P-I-PH” u otros Diplomados incurren en alguna de las situaciones previstas en los incisos 2 al 12, será advertido una sola vez por el Consejo Directivo de IAS-RSM-México, a expensas de que pierda su título inmediatamente si persiste en su actuar.
- Es inaceptable para un profesional de la IAS-RSM-México que se pertenezca o se promueva a grupos armados de cualquier tipo: nacionales, internacionales, revolucionarios o terroristas, etc. El urgentemente necesario cambio individual, familiar y social, adviene por vivir la Percepción Unitaria. No comprender esto es incompatible con pertenecer a la IAS-RSM-México.
- Se necesita considerar la terminación de su función como Profesor a aquellos Profesores o Instructores que permanezcan inactivos en funciones educativas como Reuniones Locales, Conferencias, Seminarios, Talleres o Terapias educativas individuales o grupales, o Congresos Internacionales, por un periodo de 12 meses o mas.
La suscripción de estos acuerdos será obligatoria para todo el interesado en realizar el examen de Profesor o Instructor Asociado (P-I-PH) en Psicología Holokinética de la IAS-RSM-México, por lo que debe ser suscrito antes de su realización.
Los “P-I-PH” actuales deben suscribir estos Principios enviando su aceptación por escrito con firma original del mismo y copia de una identificación oficial. La comunicación sería a la siguiente dirección: cphmexicali@percepcionunitaria.org
Dado en Coyoacán, D.F., México, Abril de 2006, Acuerdo No. 1 aprobado por el 5º Congreso de la IAS-RSM-México.


